COLEGIO MONTERREY, S.L.

Legitimación para el Tratamiento de sus Datos Personales

A continuación se enumeran las distintas bases legales que nos habilitan para el tratamiento de los datos personales del alumnado:

1. Gestión Académica de los Alumnos. El tratamiento de los datos personales con esta finalidad está basada en dos legitimaciones, que se describen a continuación.

 Cumplimiento de una obligación legal, concretamente la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, disposición adicional vigesimotercera. En ella se establece que los centros docentes podrán recabar los datos personales de su alumnado que sean necesarios para el ejercicio de su función educativa. Dichos datos podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a características o condiciones personales, al desarrollo y resultados de su escolarización, así como a aquellas otras circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación y orientación de los alumnos. Le informamos del carácter voluntario de su consentimiento para el tratamiento de los datos de salud, si bien este es necesario para la correcta atención del alumno.

 Ejecución de un contrato, concretamente la relación jurídica que se establece en el momento de la formalización de la matrícula del alumno en el centro educativo.

2. Orientación Pedagógica y Necesidades Educativas Específicas. Cumplimiento de una obligación legal y consentimiento del interesado. El consentimiento se basa en la autorización expresa y voluntaria que los padres o tutores conceden para que el alumno sea atendido por el equipo de orientación del centro, lo que conlleva que sean tratados sus datos de salud. Por otro lado, el tratamiento se legitima por obligación legal, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, disposición adicional vigesimotercera, que se ha desarrollado en el punto anterior, pero también por la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, que en su artículo 9.3 letra c regula el consentimiento por representación para pacientes menores de edad no emancipados.

3. Resto de Tratamientos de Datos Personales. Consentimiento del interesado, que será de carácter voluntario. Se recabará su consentimiento expreso previamente a realizar tratamientos de datos personales que no estén amparados por una Ley. Dicho consentimiento podrá recabarse directamente del alumnado, siempre que se trate de mayores de 13 años, que el tratamiento de datos se refiera al propio alumno, y no a sus padres o tutores, o al resto de la unidad familiar, y que no sea imprescindible la asistencia de los padres o tutores para la celebración del acto o negocio jurídico en cuyo contexto se recaba el consentimiento para el tratamiento.

Destinatarios con acceso a sus Datos Personales

Los datos personales del alumnado podrán ser comunicados a terceros en varios supuestos, por ejemplo porque lo exija una Ley, o tras haber recabado previamente consentimiento de los padres o tutores. También podrán comunicarse los datos a aquellas empresas que, actuando como encargadas del tratamiento, presten un servicio al centro educativo que implique necesariamente el manejo de los datos personales. A continuación se describen los supuestos en los que se comunicarán a terceros los datos personales del alumnado.

1. Cesión de Datos a la Autoridad Educativa. En cumplimiento de la disposición adicional vigesimotercera, punto 4, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la cesión de los datos, incluidos los de carácter reservado, necesarios para el sistema educativo, se realizará preferentemente por vía telemática y estará sujeta a la legislación en materia de protección de datos de carácter personal. En el caso de la cesión de datos entre Comunidades Autónomas o entre éstas y el Estado, las condiciones mínimas serán acordadas por el Gobierno con las Comunidades Autónomas, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación. La Autoridad Educativa en la Comunidad Autónoma de Galicia es la Xunta de Galicia, y el sistema telemático empleado para la comunicación de los datos, y su conservación, es el denominado Sistema XADE, cuyo mantenimiento y control técnico es responsabilidad de la Autoridad Educativa.

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2. Cesión de Datos a los Servicios Sociales. En cumplimiento del artículo 2.1 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, todo menor tiene derecho a que su interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que le conciernen, tanto en el ámbito público como privado. En la aplicación de la presente ley y demás normas que le afecten, así como en las medidas concernientes a los menores que adopten las instituciones, públicas o privadas, los Tribunales, o los órganos legislativos primará el interés superior de los mismos sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir. En estos términos, la cesión de datos se realizaría siempre que sea para la determinación o tratamiento de situaciones de riesgo o desamparo competencia de los Servicios Sociales.

3. Listas de Alumnos Admitidos. Una vez se hayan baremado todas las solicitudes de reserva de plaza se publicarán listados de los alumnos que hayan sido admitidos. Dicha publicación se realizará de manera que no suponga un acceso indiscriminado a la información, para lo cual los listados se publicarán en los tablones de anuncios en el interior del centro. La publicación recogerá sólo el resultado final del baremo, quedando los datos detallados a disposición de los interesados si quieren tener acceso a ellos a título particular.

4. Traslado del Alumno a Otro Centro Educativo. Cuando los padres o tutores soliciten el cambio de centro educativo del alumno, la disposición adicional vigesimotercera, punto 2, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ampara la cesión de los datos personales al nuevo centro, siempre que la información que se comunica sea la estrictamente necesaria para la función docente y educadora, no pudiendo tratarse con fines diferentes del educativo sin consentimiento expreso.

Derechos

Usted tiene derecho a acceder a los datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos personales ya no se consideren necesarios para los fines que fueron recogidos. En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular, usted podrá oponerse al tratamiento de los datos o solicitar una limitación en el tratamiento de los mismos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el cumplimiento de nuestras obligaciones legales, así como para el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.

Para solicitar el ejercicio de sus derechos, o bien presentar una reclamación sobre cómo hemos tratado sus datos personales, deberá dirigirse a nosotros por escrito, describiendo los derechos que desea ejercer o la reclamación que desea realizar, firmando su solicitud y adjuntando una fotocopia simple de su NIF. Puede consultar los datos de contacto del Responsable de Tratamiento en el epígrafe “Responsable del Tratamiento de sus Datos Personales” ubicado al principio de este documento.

Si lo desea, también puede formular su solicitud ante la Autoridad de Control competente (la Agencia Española de Protección de Datos). Para más información, consulte el enlace http://www.agpd.es/

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